En 1968, el biólogo estadounidense Garrett
Hardin formuló una teoría a través del siguiente dilema: Varias personas
motivadas solo por el interés personal y actuando de modo racional y de forma
independiente, terminan por destruir un recurso compartido, limitado y común
aunque a nadie le convenía que esto sucediera.
Esta teoría, se dio a conocer con
el nombre de la tragedia de los comunes, y se puede utilizar de forma
metafórica para analizar muchas otras situaciones, dada la tendencia de los
seres humanos a hacer un uso indiscriminado o a sobreexplotar los recursos que pertenecen
a todos y a ninguno en particular.
Para Hardin, el concepto de trágico se refiere a una destrucción
inevitable, ya que plantea que no hay manera de que podamos sortear ese
desenlace. En consecuencia, vamos por un camino forzoso hacia la destrucción de
los bienes comunes. El propio sistema nos empuja irremediablemente hacia este destino.
El incentivo de cualquier
actividad económica es obtener el mayor beneficio posible, a partir de los
recursos gestionados. Esta es la manera
de pensar de todos, o casi todos, y así,
la acumulación de pequeñas alteraciones, puede desencadenar en una enorme
desgracia, debido a la destrucción del capital natural.
Cada individuo hace lo que
entiende que es mejor para sí. Nadie, en principio, quiere comprometer sus
medios de vida, sin embargo, no parece haber manera de satisfacer las
necesidades personales sin comprometer, destruir o dañar los bienes comunes
esenciales para cubrir las necesidades colectivas.
La Tierra está conformada por una
serie de sistemas interconectados, que están siendo degradados por la actividad
humana. El impacto de una sola persona
es imperceptible, la sumatoria de las acciones de la población global tiene
repercusiones tan grandes que están cambiando el clima del planeta.
Los océanos son vulnerables a la
tragedia de los comunes. Los mares no tienen dueño, son un recurso compartido. No obstante, cada una de las personas y cada uno
de los países tienen sus propios intereses, que no necesariamente son
compatibles con los del conjunto, a largo plazo. Los peces son un bien disponible, al alcance
de todos, y hay incentivos individuales para los pescadores o las flotas
pesqueras para capturar la mayor cantidad posible. la sobrexplotación y el
eventual colapso de la pesquería mundial, es quizás la evidencia más fuerte de esta
teoría.
Otros bienes comunes empujados a
un desenlace fatídico podrían ser la atmósfera, las tierras comunales y el
agua. Afortunadamente, estos problemas pueden
todavía evitarse. Las tierras de
pastoreo en Los Alpes suizos, por ejemplo, han sido sostenibles durante siglos.
Los seres humanos contamos con instrumentos
para impedir que la tragedia ocurra. Una primera forma es la decisión personal
de no sobrexplotar los recursos comunes disponibles.
La acción personal es importante
porque se relaciona con nuestra responsabilidad de ser buenos administradores,
aunque su alcance es limitado pues sólo tiene efecto sobre nosotros mismos. En
algunos casos, plantea la disyuntiva moral de actuar en contra de los intereses
personales.
Otras maneras de evitar la ocurrencia
de daños son las formas de gobernanza que se pueden clasificar en internas y
externas. La gobernanza interna consiste en acciones de presión social. Es decir, lo que pueden hacer o son capaces
de conseguir un grupo de personas cuando actúan juntas, como en el ejemplo de
los campesinos suizos. Un grupo muy
unido o una comunidad pequeña pueden llegar a un acuerdo común acerca de como
hacer un uso sostenible de un recurso dado.
Si bien estas acciones pueden ser
efectivas, son limitadas en su alcance, pues requieren una dinámica cultural de
respeto compartido, la cual se diluye a medida que aumenta la población y se
expande el territorio.
Por otro lado, la gobernanza
externa, se aplica a través de acciones de control social que consisten en medidas
impuestas por gobiernos u organismos supranacionales. Muestra de ellas son los derechos de
propiedad, los tribunales, las leyes y otras normativas, así como los convenios
internacionales de carácter vinculante.
Desafortunadamente, los gobiernos
suelen tener capacidades limitadas para la toma de decisiones. La falta de información dificulta la
elaboración de buenas normas y regulaciones, mientras que la baja
institucionalidad se traduce en administraciones débiles o demasiado corruptas
para hacer cumplir esas leyes de forma eficaz, incluso en grado mínimo.
Si las administraciones
gubernamentales son competentes, tienen buenas leyes que aplican de forma
eficiente, poseen fuentes de información confiables y si sus funcionarios no
son corruptos, se puede prevenir el daño a los comunes. Las autoridades tienen la facultad de emitir leyes
y hacer cumplir las regulaciones que impidan el uso excesivo y abusivo, o el deterioro
de un recurso. En la práctica, todas
estas formas coadyuvarían para garantizar el bien común.
Es necesario impulsar un
ejercicio consciente de ciudadanía para identificar y conocer los comunes de nuestro
entorno, asumir el nivel de responsabilidad individual en las fatídicas
consecuencias y lo qué podemos hacer
para preservarlos.
No estamos condenados, la
tragedia de los comunes puede remediarse. Juntos podemos resolver estas dificultades que
ya están teniendo lugar.
Bibliografía
Tragedia de los comunes.
Wikipedia. Recuperado el 17 de septiembre de 2012 de: http://es.wikipedia.org/wiki/Tragedia_de_los_comunes
Theis T. &Tomkin J. editores (Mayo 2012) Sustainability:
A comprehensive Foundation. Rice
University. Houston, Texas.
Muy buen artículo. En el caso de la República Dominicana se ha legislado (al igual que en muchos países) sobre esto. Cuando se habla de bienes de dominio público, se procura asignar una responsabilidad al Estado en cuanto a la administración y cuido. Por eso también se habla de que el Estado es el administrador de la "cosa pública". Los bienes de dominio público son disfrutables por todos y apropiados por nadie. El principal (pero no único) responsable por la calidad y cantidad de estos bienes es el Estado, por designación Constitucional. Por eso cabría preguntar ¿Es demandable la institución competente del Estado cuando un recurso natural (como el agua) se agota en una cuenca por la destrucción de los bosques y el suelo en la misma?
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