La tragedia de los comunes. Si no lo hago yo, otro lo hará

En 1968, el biólogo estadounidense Garrett Hardin formuló una teoría a través del siguiente dilema: Varias personas motivadas solo por el interés personal y actuando de modo racional y de forma independiente, terminan por destruir un recurso compartido, limitado y común aunque a nadie le convenía que esto sucediera.

Esta teoría, se dio a conocer con el nombre de la tragedia de los comunes, y se puede utilizar de forma metafórica para analizar muchas otras situaciones, dada la tendencia de los seres humanos a hacer un uso indiscriminado o a sobreexplotar los recursos que pertenecen a todos y a ninguno en particular.

Para Hardin, el concepto de trágico se refiere a una destrucción inevitable, ya que plantea que no hay manera de que podamos sortear ese desenlace. En consecuencia, vamos por un camino forzoso hacia la destrucción de los bienes comunes. El propio sistema nos empuja irremediablemente hacia este destino.

El incentivo de cualquier actividad económica es obtener el mayor beneficio posible, a partir de los recursos gestionados.  Esta es la manera de pensar de todos, o casi todos,  y así, la acumulación de pequeñas alteraciones, puede desencadenar en una enorme desgracia, debido a la destrucción del capital natural.

Cada individuo hace lo que entiende que es mejor para sí. Nadie, en principio, quiere comprometer sus medios de vida, sin embargo, no parece haber manera de satisfacer las necesidades personales sin comprometer, destruir o dañar los bienes comunes esenciales para cubrir las necesidades colectivas.

La Tierra está conformada por una serie de sistemas interconectados, que están siendo degradados por la actividad humana.  El impacto de una sola persona es imperceptible, la sumatoria de las acciones de la población global tiene repercusiones tan grandes que están cambiando el clima del planeta.

Los océanos son vulnerables a la tragedia de los comunes. Los mares no tienen dueño, son un recurso compartido.  No obstante, cada una de las personas y cada uno de los países tienen sus propios intereses, que no necesariamente son compatibles con los del conjunto, a largo plazo.  Los peces son un bien disponible, al alcance de todos, y hay incentivos individuales para los pescadores o las flotas pesqueras para capturar la mayor cantidad posible. la sobrexplotación y el eventual colapso de la pesquería mundial, es quizás la evidencia más fuerte de esta teoría.

Otros bienes comunes empujados a un desenlace fatídico podrían ser la atmósfera, las tierras comunales y el agua.  Afortunadamente, estos problemas pueden todavía evitarse.  Las tierras de pastoreo en Los Alpes suizos, por ejemplo, han sido sostenibles durante siglos.

Los seres humanos contamos con instrumentos para impedir que la tragedia ocurra. Una primera forma es la decisión personal de no sobrexplotar los recursos comunes disponibles. 

La acción personal es importante porque se relaciona con nuestra responsabilidad de ser buenos administradores, aunque su alcance es limitado pues sólo tiene efecto sobre nosotros mismos.  En algunos casos, plantea la disyuntiva moral de actuar en contra de los intereses personales.

Otras maneras de evitar la ocurrencia de daños son las formas de gobernanza que se pueden clasificar en internas y externas. La gobernanza interna consiste en acciones de presión social.  Es decir, lo que pueden hacer o son capaces de conseguir un grupo de personas cuando actúan juntas, como en el ejemplo de los campesinos suizos.  Un grupo muy unido o una comunidad pequeña pueden llegar a un acuerdo común acerca de como hacer un uso sostenible de un recurso dado.

Si bien estas acciones pueden ser efectivas, son limitadas en su alcance, pues requieren una dinámica cultural de respeto compartido, la cual se diluye a medida que aumenta la población y se expande el territorio.

Por otro lado, la gobernanza externa, se aplica a través de acciones de control social que consisten en medidas impuestas por gobiernos u organismos supranacionales.  Muestra de ellas son los derechos de propiedad, los tribunales, las leyes y otras normativas, así como los convenios internacionales de carácter vinculante.

Desafortunadamente, los gobiernos suelen tener capacidades limitadas para la toma de decisiones.  La falta de información dificulta la elaboración de buenas normas y regulaciones, mientras que la baja institucionalidad se traduce en administraciones débiles o demasiado corruptas para hacer cumplir esas leyes de forma eficaz, incluso en grado mínimo.

Si las administraciones gubernamentales son competentes, tienen buenas leyes que aplican de forma eficiente, poseen fuentes de información confiables y si sus funcionarios no son corruptos, se puede prevenir el daño a los comunes.  Las autoridades tienen la facultad de emitir leyes y hacer cumplir las regulaciones que impidan el uso excesivo y abusivo, o el deterioro de un recurso.  En la práctica, todas estas formas coadyuvarían para garantizar el bien común. 

Es necesario impulsar un ejercicio consciente de ciudadanía para identificar y conocer los comunes de nuestro entorno, asumir el nivel de responsabilidad individual en las fatídicas consecuencias  y lo qué podemos hacer para preservarlos.

No estamos condenados, la tragedia de los comunes puede remediarse.  Juntos podemos resolver estas dificultades que ya están teniendo lugar.

Bibliografía
Tragedia de los comunes. Wikipedia. Recuperado el 17 de septiembre de 2012 de: http://es.wikipedia.org/wiki/Tragedia_de_los_comunes
Theis T. &Tomkin J. editores (Mayo 2012) Sustainability: A comprehensive Foundation.  Rice University. Houston, Texas.

1 comentario:

  1. Muy buen artículo. En el caso de la República Dominicana se ha legislado (al igual que en muchos países) sobre esto. Cuando se habla de bienes de dominio público, se procura asignar una responsabilidad al Estado en cuanto a la administración y cuido. Por eso también se habla de que el Estado es el administrador de la "cosa pública". Los bienes de dominio público son disfrutables por todos y apropiados por nadie. El principal (pero no único) responsable por la calidad y cantidad de estos bienes es el Estado, por designación Constitucional. Por eso cabría preguntar ¿Es demandable la institución competente del Estado cuando un recurso natural (como el agua) se agota en una cuenca por la destrucción de los bosques y el suelo en la misma?

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