La realización de
actividades de corta duración[1], se
torna cada vez más compleja debido a la intrincada logística que requiere el
montaje de este tipo de eventos. Es necesaria una afinada coordinación con
diferentes proveedores de servicios como son: publicidad y mercadeo, higiene
(baños), seguridad, atención a urgencias médicas, etc.
- - Incumplimiento de la normativa[2] por falta de medios y voluntad política
- - El cambio temporal de uso del suelo
Con respecto a este
último punto tenemos un vacío legal ya que, el país no cuenta con una normativa
que obligue a los promotores y organizadores de ferias, conciertos, exposiciones,
etc. a incluir en su plan de inversión, medidas para mitigar los impactos que
generan este tipo de actividades como son el aumento del tráfico, del ruido, así
como para la disposición de residuos sólidos y otros desechos.
Adolecemos de un
marco legal que obligue a contemplar acciones para compensar o mitigar impactos
como pérdida de la vegetación, compactación[3] y
erosión del suelo. Tampoco contamos con
reglas definidas que obliguen a la remoción de infraestructuras en un plazo
determinado una vez finalizada la actividad. Todos estos elementos están en un
limbo jurídico; una zona gris en la que solo la buena voluntad, el compromiso
social o el deseo de mantener una buena imagen corporativa hace la diferencia.
Las autoridades y muchas
veces las propias comunidades, toleran esta situación pues varios de los
impactos son reversibles y estas actividades tienen potenciales efectos
positivos en la economía, el empleo e incluso el turismo. Sin embargo, al no
contemplar las repercusiones en el entorno, la afectación del medio ambiente se
magnifica y la calidad de vida de las personas se deteriora.
El Ministerio de
Medio Ambiente y Recursos Naturales tiene la responsabilidad y la facultad legal
para definir políticas públicas y establecer normas y regulaciones para la
protección del medio ambiente y los recursos naturales.
Los ayuntamientos
también tienen competencias de regulación sobre todo cuando los organizadores
obtienen dinero a partir del uso de espacios públicos ya sean naturales,
culturales o patrimoniales.
Para mitigar los
impactos de las actividades temporales, se necesita una normativa de
regulación, pero, sobre todo, voluntad y fortaleza institucional para velar por
su cumplimiento e imponer sanciones de forma oportuna en caso necesario. Así,
la diversidad de acciones que tienen lugar sobre todo en la ciudad, se podrán
compatibilizar con la rutina diaria de estos espacios densamente poblados.
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