Los transgénicos y la ley de semillas

Las semillas son tan importantes como la tierra.  Quien las controle podrá dominar el sistema agroalimentario de la nación e incidir en las cadenas de valor asociadas a la producción de los diferentes rubros agrícolas.

Como era de esperarse, el proyecto de ley nacional de semillas[1] ha generado gran inquietud y rechazo en múltiples sectores de la sociedad debido a su clara intención de constituirse en un mecanismo para controlar qué y cómo se producen los alimentos en el país.

Productores y consumidores están especialmente preocupados debido a que este proyecto de ley permitiría la entrada al país de semillas transgénicas sin que el país cuente todavía con un marco legal sobre biodiversidad y bioseguridad. 

Los organismos genéticamente modificados (OGM) son aquellos cuyo ADN[2] ha sido modificado de forma no natural, (ni por reproducción, ni por mutación) mediante técnicas de ingeniería genética. (1) La manipulación puede ser para quitar o agregar uno o más genes de individuos de la misma especie o de una especie diferente. 

Un organismo transgénico es una clase específica de organismo genéticamente modificado al que se le ha introducido uno o varios genes que pertenecen al genoma de otra especie diferente (1) con el fin de producir proteínas de interés industrial o bien mejorar ciertos rasgos como la resistencia a plagas, la calidad nutricional o la tolerancia a heladas entre otras características. (2)

No obstante, las dos principales características genéticas introducidas en la actualidad en la casi totalidad de los OGM que se cultivan comercialmente, son la resistencia al glifosato (un herbicida) y la introducción del gen que codifica la producción de la toxina Bt[3] produciendo plantas biocidas. Estas modificaciones genéticas no representan ninguna ventaja para los consumidores desde el punto de vista nutricional, sino que sólo han facilitado un modelo de agricultura industrializada[4] y sin agricultores. (3)

Es por eso que los cultivos transgénicos y el carácter industrial de su producción, están asociados a la intoxicación del suelo y del agua, al desarrollo de enfermedades, a la desaparición de insectos, la deforestación y al cambio climático. (4)

Es imposible evitar que el viento, los pájaros o los insectos transporten las semillas transgénicas a otros campos y contaminen otros lugares contribuyendo así a la pérdida de diversidad agrícola al uniformizar millones de hectáreas en el mundo con monocultivos desplazando cultivos tradicionales (3) y dificultando la producción orgánica.  El uso de transgénicos conlleva además una pérdida de opciones futuras de alimentación, no es solo una cuestión de especies y de producción sino de diversidad al interior de las especies. (5)

Las semillas no solo son objetos que se deben mantener o conservar, son fuentes de aprendizaje que han generado conocimientos y nuevas variedades con características distintas adecuadas a realidades diversas.
Permitir la entrada de transgénicos y otras disposiciones contempladas por este proyecto de ley, como la enajenación de nuestros recursos genéticos, contravienen varios artículos de la constitución (6), de la Ley general sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (7) y de la Ley de Protección a los Derechos del Consumidor (8).

Es una realidad que la ley de semillas vigente desde 1971, debe revisarse para adecuarla a los compromisos que ha asumido el país; pero el proyecto en los términos que está planteado, es un despropósito que tendrá un costo social y político muy alto, el menoscabo de la agricultura familiar campesina que representan el 81% del total de fincas[5] (9)

Bibliografía

1. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España. Proyecto Biosfera. [En línea] [Citado el: 24 de julio de 2014.] http://recursostic.educacion.es/ciencias/biosfera/web/alumno/2bachillerato/biotec/contenidos5.htm.
2. Argenbio. PQBio. [En línea] [Citado el: 24 de julio de 2014.] http://www.porquebiotecnologia.com.ar/?action=cuaderno&opt=5&tipo=1&note=2.
3. One World. Biodiversidad en América Latina y El Caribe. [En línea] [Citado el: 24 de julio de 2014.] http://www.biodiversidadla.org/Principal/Secciones/Documentos/Transgenicos/Que_son_los_transgenicos_u_Organismos_Geneticamente_Modificados.
4. Greenpeace . Greenpeace España. [En línea] [Citado el: 24 de julio de 2014.] http://www.greenpeace.org/espana/es/Trabajamos-en/Transgenicos/.
5. Grain. GRAIN. [En línea] 18 de enero de 2006. [Citado el: 25 de julio de 2014.] http://www.grain.org/fr/article/entries/1091-las-curadoras-de-semillas.
6. Congreso Nacional. Constitución Política de la República Dominicana. Santo Domingo : s.n., 2010.
7. —. Ley 64-00 general sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales. Santo Domingo : s.n., 2000.
8. —. Ley 358-05 de Protección de los derechos del consumidor. Santo Domingo : s.n., 2005.
9. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. Agricultura familiar en América Latian y el Caribe: Recomendaciones de Política. [ed.] Salomón Salcedo y Lya Guzmán. Santiago, Chile : FAO, 2014. E-ISBN 978-92-5-308364-0 (PDF).


[1] Aprobado por el Senado y enviado a estudio en la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados.
[2] Abreviatura de Ácido desoxirribonucleico es un ácido nucleico que contiene instrucciones genéticas usadas en el desarrollo y funcionamiento de todos los organismos vivos conocidos
[3] Abreviatura del Bacillus thuringiensis una bacteria que resulta tóxica para los insectos pero inocua para los mamíferos. 
[4] La agricultura industrial se caracteriza por extensos campos de monocultivo y alto nivel de tecnificación que supone una fuerte inversión de capital, energía y uso de agroquímicos.
[5] 281.526 unidades agrícolas familiares de un total de 347.563 explotaciones agrícolas.

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